La eutanasia es un acto deliberado de dar fin a la vida de una persona. «Anticipar la muerte, por muy cierta que sea, y por insoportable que parezca la vida, es otorgarse un derecho que sólo a Dios pertenece. Y esto aun cuando el enfermo consienta y lo solicite vivamente, porque ni siquiera él puede conferir un derecho que tampoco posee, ya que no es dueño ni propietario de su cuerpo y de su existencia».
La eutanasia se quiere enmascarar con la etiqueta de «muerte digna», lo mismo que el aborto asesino se quiere disimular llamándole «interrupción del embarazo».
Después del aborto vendrá la eutanasia. Por la misma razón que se permite matar a los niños no deseados, se permitirá matar a los enfermos y ancianos que estorben. «Que nadie se engañe. Primero fue el no nacido, ahora el anciano, y luego vendrá todo aquel que estorbe al que manda, o el que se atreva a disentir. La cultura de la muerte es imparable, aunque sus argumentos sean nulos», ha dicho Santiago Martín.
Se empieza con una etiqueta de buena apariencia: muerte digna, ayudar a morir al que no desea sufrir más. Pero luego se pasa a acciones aterradoras, como el caso de un matrimonio joven que quería eliminar a la abuela porque necesitaba su cama. Por los años 70, en la China comunista desaparecieron de golpe leprosos, ciegos, locos y discapacitados. Esta «purga» explica en parte el impresionante agujero descubierto por los demógrafos de cincuenta millones de habitantes en la población china.
Por la misma razón por la cual algunos defienden hoy el aborto, el día de mañana serán ellos mismos eliminados por sus hijos, que los considerarán una carga inútil. Diego Díaz en su libro «La última edad», recuerda unas palabras del demógrafo americano Dr. Gallop, de la Universidad de Manitoba (Canadá): «Una vez que hayas permitido la muerte del feto, el ciclo no se cerrará. No habrá límites de edad. Se habrá puesto en movimiento una reacción en cadena que podrá hacer de ti una víctima. Tus hijos querrán matarte, porque permitiste que fueran muertos sus hermanos y hermanas. Querrán matarte por no poder soportar tu vejez». Incluso hay quien se ufana de haber podido comprar un coche con el dinero del seguro de vida del enfermo que dejó morir por falta de asistencia. Y como dice el Dr. Gallop :«Si un doctor acepta dinero para matar a un inocente en el seno materno, el mismo doctor te matará a ti con un inyección, cuando alguien se lo pague».
El jueves 4 de junio de 1987 pudimos ver en televisión española en el espacio «Debate» cómo el defensor de la eutanasia decía que todos debíamos tener derecho a morir de modo digno, y el médico del Hospital de Basurto le dijo que en eso tiene toda la razón, pero la eutanasia consiste en matar al enfermo, y los médicos están para sanar, no para matar.
Morir dignamente es asumir la muerte humana y cristianamente.
Todos los periódicos de España hablaron del caso de la niña Mercedes Rodríguez, de Bilbao, cuyo padre, Emilio, de veintiséis años, pidió por todos los Medios de Comunicación que los médicos mataran a su hija enferma. Hubo algún matrimonio que quiso hacerse cargo de su hija. Más tarde se encontró remedio a algunos de los males de la niña.
Una enfermera del Hospital holandés de Vliethoven asesinó por medio de una inyección a nueve ancianos.
Cuatro enfermeras de Austria fueron condenadas por liquidar a cuarenta y nueve enfermos que les resultaban molestos . Una de las enfermeras, llamada Waltraud Wagner, reconoce haber matado a once personas .
En Holanda se registran al año más de dos mil casos de eutanasia, mil de los cuales se practicaron sin ser solicitada por el paciente . La legalización de la eutanasia en 1992 ha provocado una enorme difusión de una tarjeta donde se dice que el portador no admite le sea practicada la eutanasia; y ochenta de cada cien mayores de setenta y cinco años no quieren ni oír hablar del Hospital por miedo a ser eliminados. El miedo a que se les practique la eutanasia ha hecho que los ancianos holandeses se asocien en la NPV para defenderse de la eutanasia. La NPV cuenta con sesenta y tres mil miembros, y en las últimas semanas se han apuntado cinco mil nuevos socios .
Conozco casos de enfermos terminales por los que se ha hecho todo lo que es razonable hacer, y que mueren desesperados creyendo que se les tiene abandonados. Si esto ocurre en una situación en la que la eutanasia está rechazada, cuántos morirían desesperados creyéndose abandonados en una situación en que la eutanasia esté legalizada?.
De hecho en Australia se ha anulado la ley que permitía la eutanasia .
No es lícito dar a un enfermo una inyección con el propósito de provocar la muerte, ya inevitable, apoyados en el piadoso deseo de que no sufra. No es lícito provocar directamente la muerte por un medio artificial, ni siquiera a petición del interesado, pero el médico puede dar al enfermo algún lenitivo de los dolores, aun a sabiendas de que posiblemente con ello se acelere indirectamente la muerte.
Pero si la dosis empleada, aunque no produzca directamente la muerte, hace privar al enfermo del uso de la razón hasta el momento de morir no se podrá aplicar al moribundo; a no ser que esté ya preparado espiritualmente. En caso contrario sería privarle de una adecuada preparación para su salvación eterna, lo cual es mucho más importante que el alivio corporal .
Todos debemos poner los medios proporcionados para conservar o recuperar la salud. Pero no estamos obligados a los medios desproporcionados como serían medicamentos muy caros o intervenciones quirúrgicas muy dolorosas . Cuando el enfermo, a juicio del médico, no tiene esperanza de curación, no es necesario prolongar indefinidamente (distanasia), por medio de medicinas o aparatos, una vida que corre irrevocablemente a su término . Sobre todo cuando la vida se prolonga artificialmente, tan sólo vegetativamente, sin reacciones humanas, es perfectamente lícito interrumpir las medidas extraordinarias y suspenderle el tratamiento o desconectarle los aparatos dejando que la naturaleza siga su curso . Una existencia irreversiblemente vegetativa, que ha dejado de ser humana, puede no tener sentido el prolongarla. Aunque no se puede privar a los familiares de su derecho de emplear todos los medios a su alcance para mantener la esperanza hasta última hora.
En septiembre de 1989 la Conferencia Episcopal Española ha redactado un «Testamento Vital» para los enfermos que se hallan en una situación terminal. Dice así: «El que suscribe pide que si por mi enfermedad llegara a estar en situación crítica e irrecuperable, no se me mantenga en vida por medio de tratamientos desproporcionados o extraordinarios, que no se me aplique la eutanasia activa, ni se me prolongue abusiva e irracionalmente mi proceso de muerte; pero que se me administren los tratamientos adecuados para paliar los sufrimientos.
Pido igual ayuda para asumir cristiana y humanamente mi propia muerte.
Deseo poder prepararme para este acontecimiento final de mi existencia en paz, con la compañía de mis seres queridos y el consuelo de mi fe cristiana».
1º.- Jamás es lícito matar a un paciente, ni siquiera para no verle sufrir o no hacerle sufrir, aunque él lo pidiera expresamente. Ni el paciente, ni los médicos, ni el personal sanitario, ni los familiares tienen la facultad de decidir o provocar la muerte de una persona.
2º.- No es lícita la acción que por su naturaleza provoca directa o intencionalmente la muerte de un paciente.
3º.- No es lícito omitir una prestación debida normalmente a un paciente, sin la cual va irremisiblemente a la muerte: por ejemplo, los cuidados vitales (alimentación por tubo y remedios terapéuticos normales) debidos a todo paciente, aunque sufra un mal incurable o esté en fase terminal o en coma irreversible.
4º.- No es lícito rehusar o renunciar a cuidados y tratamientos posibles y disponibles cuando se sabe que resultan eficaces, aunque sea sólo parcialmente. En concreto, no se ha de omitir el tratamiento a enfermos en coma si existe alguna posibilidad de recuperación; aunque se puede interrumpir cuando se haya constatado su total ineficacia. En todo caso, siempre se han de mantener las medidas de sostenimiento.
5º.- No existe la obligación de someter al paciente terminal a nuevas operaciones quirúrgicas cuando no se tiene la fundada esperanza de hacerle más llevadera su vida.
6º.- Es lícito suministrar narcóticos y analgésicos que alivien el dolor, aunque atenúen la consciencia y provoquen de modo secundario un acortamiento de la vida del paciente. Siempre que el fin de la acción sea calmar el dolor, y no provocar subrepticiamente un acortamiento sustancial de la vida; en este caso, la moralidad de la acción depende de la intención con que se haga, y de que exista una debida proporción entre lo que se logra (la disminución del dolor) y el efecto negativo para la salud.
7º.- Es lícito dejar de aplicar tratamientos desproporcionados a un paciente en coma irreversible cuando haya perdido toda actividad cerebral. Pero no lo es cuando el cerebro del paciente conserva ciertas funciones vitales, si esta omisión provocase la muerte inmediata.
8º.- Las personas minusválidas o con malformaciones tienen los mismos derechos que las demás personas, concretamente, en lo que se refiere a recepción de tratamiento terapéutico. En las fases prenatal y posnatal se les han de proporcionar las mismas curas que a los fetos y niños sin ninguna minusvalía.
9º.- El Estado no puede atribuirse el derecho de legalizar la eutanasia, pues la vida del inocente es un bien que supera el poder de disposición, tanto del individuo como del Estado.
10º.- La eutanasia es un crimen contra la vida humana y contra la ley divina, del que se hacen responsables todos los que intervienen en la decisión y ejecución del acto homicida .
Autor del texto: Padre Jorge Loring
Si te ha gustado esta explicación sobre la eutanasia, compártela por favor en las redes sociales pulsando los siguientes botones: